La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA España) exigirá que la implantación del régimen de franquicia del IVA en España garantice su convivencia con el actual sistema de “módulos”, asegurando que ambos instrumentos puedan dar respuesta a realidades económicas distintas dentro del colectivo autónomo. En este marco, la organización ha propuesto establecer un límite máximo de 50.000 euros de facturación anual para acogerse a este régimen, una cifra alineada con la media de los países de la Unión Europea y ajustada a la estructura del tejido productivo español.
La normativa comunitaria permite a los Estados miembros fijar umbrales de hasta 85.000 euros. Sin embargo, la mayoría de los países han optado por límites inferiores, adaptados a sus estructuras económicas y al perfil de sus pequeños negocios. En algunos casos, incluso, estos umbrales varían según la actividad, estableciendo límites más reducidos para los servicios frente a la venta de bienes, al tratarse de actividades con menor volumen de gastos deducibles.
En este contexto, los umbrales de aplicación del régimen de franquicia en la Unión Europea presentan una amplia diversidad:
| Límite en Países UE |
| Dinamarca (~6.700 €) |
| Suecia (~10.800 €) |
| Portugal (15.000 €) |
| Chipre (15.600 €) |
| Finlandia (20.000 €) |
| Países Bajos (20.000 €) |
| Alemania (22.000 €) |
| Bélgica (25.000 €) |
| Malta (~30.000 – 35.000 €) |
| Estonia (40.000 €) |
| Irlanda – servicios (42.500 €)
Irlanda – bienes (85.000 €) |
| Lituania (45.000 €) |
| Polonia (~45.000 €) |
| Luxemburgo (50.000 €) |
| Letonia (50.000 €) |
| Hungría (~50.000 €) |
| Bulgaria (~51.000 €) |
| Austria (55.000 €) |
| Croacia (60.000 €) |
| Eslovenia (60.000 €) |
| Rumanía (~60.000 €) |
| Eslovaquia (~50.000 – 62.500 €) |
| Chequia (~80.000 €) |
| Francia (hasta 85.000 € en bienes y límites más reducidos en servicios) |
| Italia (85.000 €) |
A partir de este análisis comparado, UPTA considera que el debate no debe centrarse en el umbral máximo permitido por la normativa europea, sino en la fijación de un límite equilibrado que refleje la realidad económica española. El promedio europeo se sitúa en torno a los 40.000 – 45.000 euros, lo que convierte los 50.000 euros en una referencia razonable y coherente.
El objetivo del régimen de franquicia es simplificar las obligaciones fiscales de los pequeños autónomos. Sin embargo, en la práctica, este tipo de medidas beneficia principalmente a profesionales con escaso IVA soportado, especialmente aquellos vinculados a actividades de base intelectual, como consultores, programadores, diseñadores, así como abogados, procuradores y técnicos que operan sin apenas estructura de costes.
Se trata, en muchos casos, de perfiles cuya actividad no conlleva prácticamente IVA deducible y no requiere inversión en maquinaria ni una red significativa de colaboradores. Esta situación puede generar desequilibrios frente a otros autónomos que sí soportan IVA en sus gastos habituales, lo que obliga a diseñar el sistema con criterios de equidad y equilibrio.
Asimismo, la organización considera necesario que este modelo incorpore mecanismos adecuados de seguimiento y control que refuercen la transparencia y eviten usos inadecuados, especialmente en un contexto de creciente digitalización de la actividad económica. En este sentido, UPTA plantea la posibilidad de limitar la facturación recibida de otros autónomos acogidos al mismo régimen de IVA de franquicia a menos del 50% del total, o establecer un tope global (también del 50% de la facturación), como medida para evitar un uso distorsionado del sistema.
Eduardo Abad, presidente de UPTA España, “el objetivo no es fijar el límite más alto posible, sino establecer un umbral útil y adaptado al tejido productivo real de nuestro país. La experiencia europea demuestra que los países han optado mayoritariamente por límites intermedios, y en algunos casos incluso más ajustados para determinadas actividades, especialmente en el ámbito de los servicios. El IVA de franquicia es una herramienta positiva y necesaria, pero debe implantarse con cabeza, con un límite coherente y con mecanismos de seguimiento que aseguren su buen funcionamiento y eviten posibles usos indebidos”.